Felicitaciones por sus logros y permanecer por mas de 36 ańos al servicio de las empresas contables y financieras en…
Bitácora Laboral
10.12.2022
¿Cuáles son las condiciones legales para estar obligado a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad?
La interrogante es respondida por el Ord. N°2002 del 23 de noviembre 2022, en cuanto señala que la obligación de constituir Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, recae en toda empresa, sucursal, agencia o faena en que laboren más de 25 trabajadores, y que, en caso de duda, la decisión sobre la procedencia de constituir o no un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en las empresas o faenas de que se trata, deberá ser adoptada por el Inspector del Trabajo respectivo sobre la base de los antecedentes recabados sobre el particular.
Por otro lado, no procede considerar, para los efectos de cumplir con los quórums exigidos para la constitución de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, a trabajadores de faenas, sucursales o agencias distintas de una misma empresa.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
Suscríbete al boletín
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación
Más artículos
Últimos comentarios
Me gusta mucho el enfoque del artículo, porque pone en el centro algo que desde informática vemos todos los días,…
El rol del contador es más desafiante por lo que se requiere más preparación y conocimientos, para ser un aporte…
Temas tratados con la profundidad "existencial profesional". Muchas gracias por ello...!!! Si ya lo dije, lo reitero...
Temas tratados con la profundidad "existencial profesional". Muchas gracias por ello...!!!