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Bitácora Tributaria
21.05.2022
Precisan tratamiento tributario de seguros de vida en impuesto de herencias
A través del Oficio N°1628 del 18 de mayo de 2022, el Servicio de Impuestos Internos precisó las modificaciones introducidas por la Ley N°21.420 a la Ley N° 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones respecto de los seguros de vida.
Indicó el SII que:
1.- Se excluyen del nuevo tratamiento tributario establecido en el artículo 17 de la Ley N°16.271 los contratos de seguros de vida válidamente suscritos (perfeccionados) hasta el 3 de febrero de 2022, aun cuando se renueven con posterioridad como consecuencia de operar cláusulas de renovación, sean automáticas o no, siempre que se mantengan las mismas condiciones, criterio aplicable tanto a contratos de seguros individuales o colectivos (apartado 2 de la Circular N° 20 de 2022).
2.- El seguro individual obligatorio de salud establecido en la Ley N° 21.342 se excluye de la aplicación del impuesto a las herencias dado su carácter de contrato accesorio (apartado 1.2. de la Circular N° 20 de 2022.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
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Me gusta mucho el enfoque del artículo, porque pone en el centro algo que desde informática vemos todos los días,…
El rol del contador es más desafiante por lo que se requiere más preparación y conocimientos, para ser un aporte…
Temas tratados con la profundidad "existencial profesional". Muchas gracias por ello...!!! Si ya lo dije, lo reitero...
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